


Armando Novoa, jefe negociador del Gobierno ante la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano, disidencia surgida tras la fragmentación de la Segunda Marquetalia, habló con EL TIEMPO y aseguró que, junto con otros jefes de las mesas de paz, propuso varios elementos para la elaboración de la ley de sometimiento 2.0, proyecto que plantea otorgar beneficios penales a cabecillas de estructuras armadas, desertores del Acuerdo de Paz e incluso a capos encarcelados.
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Afirma que aunque el texto recoge algunas de esas propuestas, no comparte —al igual que el comisionado Otty Patiño— la forma en que fue presentado. También respondió a las críticas que ha recibido la iniciativa, incluida la del expresidente Juan Manuel Santos, y defendió las sanciones previstas para quienes desertaron del Acuerdo de Paz de 2016.
¿Usted participó en la redacción de la ley de sometimiento?
De tiempo atrás, los jefes de las delegaciones del Gobierno Nacional en las distintas mesas de diálogo de paz hemos adelantado algunas conversaciones internas. Hubo incluso un seminario que se llevó a cabo hace un par de meses en el municipio de Villeta, en el cual discutimos los elementos generales que debería contener un proyecto que defina un marco judicial para la consolidación de los acuerdos de paz que actualmente se están adelantando, si llegamos a cristalizar pactos definitivos con los grupos con los cuales se adelantan los diálogos. En esas reuniones hemos hablado de unos elementos generales que debe contener la iniciativa. El proyecto que presentó el ministro de Justicia ciertamente recoge varios de los aspectos que hemos mencionado, pero es necesario hacerle un análisis adecuado y más detallado, porque la complejidad del asunto y la importancia del tema que para nosotros reviste la iniciativa, pues, es en extremo importante.
En entrevista con EL TIEMPO, el comisionado Otty Patiño dijo que era un error no presentar el proyecto a través de una comisión interparlamentaria y que la iniciativa requería más debate. ¿Coincide con esta opinión?
Yo creo que el comisionado está recogiendo la opinión que expresamos en el encuentro de hace un par de meses con los jefes de las delegaciones gubernamentales en las mesas de diálogo. Incluso ese aspecto tuvimos la posibilidad de comentárselo de manera personal al señor ministro de Justicia. ¿Cuál es el aspecto central en esta materia? Por la pugnacidad política que conocemos, por el periodo preelectoral que vive el país —y que seguramente se acentuará en el segundo semestre del presente año—, y por la complejidad del asunto, consideramos que era necesario que ese proyecto entrara con el mayor nivel de consenso y de consulta previa posible, no solamente en lo relacionado con las opiniones que tenemos los jefes de las delegaciones, sino también con las comisiones de paz de Senado y Cámara del Congreso de la República, con medios de comunicación, con centros especializados y, por supuesto, con los congresistas que tienen representación de los territorios afectados por las violencias que representan los grupos con los cuales se adelantan estos diálogos de paz.
El comisionado Otty Patiño también expresó su reparo con el proyecto. Foto:SERGIO ACERO YATE. EL TIEMPO
Entonces, la consideración que hicimos es que este proyecto debía entrar como una iniciativa de carácter pluripartidista y de carácter parlamentario, y el Gobierno Nacional, con su apoyo decidido a través del ministerio y las mesas de diálogo, pues dar todo el respaldo del caso. Para nosotros, lo indicado era no solamente el contenido del proyecto, sino cómo llega y de qué manera llega el mismo a consideración del Congreso de la República. Esperemos que en el transcurso de las próximas semanas, una vez se nombren ponentes en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, pues esa falencia que ha tenido él mismo al momento de su radicación pueda superarse, porque lo que estamos discutiendo va a ser un aspecto de la mayor importancia para la democracia en Colombia.
Usted habla de falencias, ¿cuáles son esas que usted identifica?
Yo quiero empezar por señalar que el proyecto recoge buena parte de los aspectos que nosotros habíamos comentado con el señor ministro de Justicia: el tipo de grupos destinatarios del proyecto, el tipo de sanciones, la prevalencia de las víctimas en el tratamiento penal, la necesidad de pensar esto en clave de justicia restaurativa y no solamente de justicia punitiva, la posibilidad de que haya un proceso de reparación temprana a las víctimas individuales y colectivas. Todo eso está recogido de manera adecuada en el proyecto. Los jefes de las delegaciones no hemos tenido oportunidad de examinar de conjunto el proyecto, que era en lo que habíamos quedado con el ministro de Justicia. Pero de una vez le anticipo que uno de los aspectos que yo echo de menos en el proyecto, y ojalá se tenga en cuenta en el transcurso de las deliberaciones y el trámite del mismo en el Congreso, es la necesidad de unas normas transitorias.
¿Es decir…?
Que den cuenta del estado actual de los procesos de diálogos de paz. En el caso de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano, por ejemplo, ya se están adelantando unas medidas de reparación temprana en lo que se relaciona con la destrucción de material explosivo, en lo que se relaciona con la vinculación de integrantes de la Coordinadora Nacional a los programas piloto de sustitución de cultivos de uso ilícito y en lo que se relaciona con la destrucción de minas antipersonales en los territorios de influencia de esta agrupación. Aunque todos esos temas se mencionan en el proyecto, tal vez es necesario establecer y concretar que lo que se ha venido haciendo cuenta para efecto de las sanciones y el régimen punitivo, que esto se tenga en cuenta al final para la modulación del tipo de penas y sanciones que debe aplicarse a los integrantes de estas estructuras armadas al margen de la ley.
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¿Cómo responde a quienes señalan que esta ley otorga beneficios excesivos a grandes capos y reincidentes, como por ejemplo el tema de conservar parte de sus bienes ilícitos o el tema de las rebajas sustanciales de penas?
Con respecto a la dosificación punitiva, como lo llaman los abogados penalistas, de las sanciones que contempla la ley, me parece que son ponderadas entre los derechos de las víctimas, las exigencias sociales de que haya justicia y también la posibilidad de que los miembros de estos grupos acepten este marco normativo que está contenido en el proyecto de ley. Por ejemplo, a los máximos responsables de grupos armados organizados, los llamados GAO, se les fija unas sanciones de entre cinco y ocho años. A personas que hayan participado en otro tipo de acciones penales se les fijan sanciones de dos a cinco años. Y para quienes hacen parte de esos grupos pero no tienen noticias judiciales por parte de la Fiscalía General de la Nación, se les aplica el principio de oportunidad.
Digamos que esa misma dosificación punitiva es la que se utilizó con ocasión de la desmovilización de las Autodefensas Unidas de Colombia en el gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez, y que está contenida, entre otras, en la Ley n.º 975. De manera que en ese aspecto no hay ninguna innovación, sino una reiteración de antecedentes que, en distintas ocasiones, se ha aplicado en el sistema penal colombiano para darle solución a este tipo de situaciones. Aquí no se está hablando de amnistías, no se está hablando de indultos, figuras que se aplicaron por última ocasión en el contexto de los procesos de paz de inicios de la década de los años noventa con el M-19 y otros grupos que inmediatamente después decidieron reincorporarse a la vida civil.
El grupo con el que usted negocia está conformado por grandes cabecillas, así como por desertores del acuerdo. ¿Cuáles serían los beneficios que obtendrían en caso de que se llegue a un acuerdo de paz?
Nosotros partimos de la clasificación que establece la ley de ‘paz total’. Esa ley establece tres tipos de grupos: grupos armados organizados al margen de la ley (GAOML), grupos armados organizados (GAO) y estructuras armadas organizadas de alto impacto. Frente a los dos primeros, la ley permite que se adelanten diálogos de naturaleza política. Es decir, se reconoce una intencionalidad política en la existencia de estos grupos, a diferencia de las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto, como pueden ser las bandas urbanas.
Alias Walter Mendoza, delegado de la CNEB en la mesa. Foto:Consejería Comisionada de Paz
El grupo liderado por el señor ‘Walter Mendoza’ (José Vicente Lesmes), algunos de sus miembros y varios de sus máximos líderes fueron firmantes del acuerdo de paz de 2016. Incluso, algunos se acogieron a la JEP y fueron expulsados por ser reincidentes. Esta ley establece un tratamiento específico para quienes se encuentran en ese tipo de situaciones, con penas privativas de la libertad entre ocho y diez años. Y, claro, está la discusión sobre si a este tipo de personas se les puede aplicar medidas de justicia transicional.
Para nosotros está claro que en el año 2016 se restringió y se suprimió la posibilidad de medidas de justicia transicional en el contexto de la JEP, pero no en el contexto de situaciones como las que tenemos en la actualidad. De hecho, la ley de ‘paz total’, al habilitar al presidente de la República, con base en el artículo 189, numeral cuarto de la Constitución, a adelantar diálogos de naturaleza política con estos grupos, pues da la posibilidad de que estos grupos sean objeto de un tratamiento. De tal manera que no encuentro mayores vacíos en lo que se relaciona entre la ley de ‘paz total’ y el grupo con el que nosotros nos encontramos adelantando los diálogos de paz en la mesa.
¿Pero esto no puede llegar a ser como un incentivo para aquellos que se sometieron a este tipo de procesos y volvieron a reincidir?
Nosotros, a inicios de la instalación de nuestra mesa de diálogos, tuvimos la discusión de si era posible adelantar unos diálogos de esta naturaleza con personas que eran parte de las antiguas Farc y que decidieron rearmarse y están reincidiendo en conductas calificadas por el Código Penal como delitos, algunos de ellos eventualmente delitos de lesa humanidad y de extrema gravedad. Nosotros valoramos en ese momento las críticas y encontramos, les repito, que lo que nos correspondía hacer a nosotros es lo que estamos haciendo en la actualidad. Nosotros de ninguna manera justificamos un rearmamento de estas agrupaciones, no justificamos que, con base en los supuestos o reales incumplimientos del Estado colombiano, volvieran a las armas, pero no hay ninguna restricción de naturaleza constitucional o normativa que impida adelantar diálogos de paz, porque, de existirla, ya esa limitación quedó purgada con la autorización que le dio la Ley 2272 al presidente de la República.
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Otra situación es si ellos pudieran retornar a la JEP, si pudieran ser beneficiarios de las medidas de justicia transicional que contempla esa jurisdicción. Pero si se observa en detalle este proyecto de ley, aquí se está haciendo valer sobre todo principios de la justicia restaurativa, de la justicia retributiva. Hay sanciones con penas privativas de la libertad en sitios de reclusión especial, se le da prelación a las víctimas, de tal manera que este proyecto cumple con todos los estándares de la justicia penal, de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario a nivel internacional.
Es claro que sin una ley de sometimiento difícilmente su proceso va a poder llegar a buen puerto. ¿Qué pasará si en un año, y antes de que acabe este Gobierno, no logra tramitarse ese proyecto?
Una de las discusiones que hay aquí es si esta ley es de carácter ordinario o debe ser una ley de carácter estatutario, y eso seguramente va a ser un aspecto de controversia y análisis por parte del Congreso. Nosotros creemos que es una ley ordinaria, que tiene que tramitarse como tal con mayorías simples y que puede iniciarse en la discusión de esta legislatura y extenderse el tiempo que sea necesario para su aprobación. Ahora, nosotros esperamos que el Congreso pondere y valore los avances que tenemos en la mesa, porque nosotros tenemos alrededor de 2.500 personas que podrían renunciar a las armas, que se van a vincular a procesos de reparación temprana a las regiones y a las víctimas, y que han manifestado su propósito de hacer el tránsito a la vida civil de manera integral. Entonces, el país tendrá que discutir si cierra las puertas frente a esas expectativas o si abre la posibilidad para una ley que se mueva sobre el principio de que es necesaria la justicia, pero también el perdón que se requiere para que los integrantes de estas agrupaciones hagan tránsito a la vida civil. Yo simplemente recuerdo una cosa, y es que hasta la Constitución de 1991, en Colombia se habían expedido alrededor de 65 leyes de amnistías, lo que registra la larga complejidad de nuestra violencia política, de conflictos resueltos de manera inadecuada y también, por qué no decirlo, de firma de acuerdos con este tipo de agrupaciones que finalmente el Estado no cumple.
Esa es la razón por la cual hemos tenido ese elevado número de amnistías. Ahora estamos en un contexto distinto. No va a haber un perdón definitivo, por cuanto que las sanciones que contempla la ley se ajustan a los estándares de justicia internacional en los términos que ha mencionado la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Constitucional y la propia Corte Suprema de Justicia. De tal manera que nosotros esperamos que haya una discusión ponderada, argumentada, por fuera de las valoraciones apresuradas que han descalificado esta iniciativa sin ni siquiera examinar su contenido, como lo vimos por parte del expresidente Juan Manuel Santos, siendo premio Nobel de Paz. Esta es la posibilidad de sacar de la violencia a miles de integrantes de estas estructuras que están en la violencia por las imperfecciones del acuerdo de paz del año 2016.
Ministro de Justicia, Eduardo Montealegre. Foto:Minjusticia.
Cuando se aprobó la ley de ‘paz total’, la Corte Constitucional dijo que no puede ser a juicio del Gobierno que se definan los términos del sometimiento y por eso solicitó que se llevara una ley al Congreso. ¿En este caso no podría suceder algo similar, digamos, que se vuelva a recaer en los errores que vinieron con la ley de ‘paz total’?
Nosotros tenemos muy presente, y así está recogido en el proyecto que ha presentado el ministro de Justicia, lo señalado en la sentencia C-525 de 2023, en la que se dice, como usted bien lo recuerda, que para las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto, el marco judicial y las reglas generales para su reincorporación a la vida civil están condicionadas a que el Congreso fije las reglas de esos procedimientos. Precisamente por eso se está presentando este proyecto de ley, que tiene en uno de sus capítulos, si no recuerdo mal, en el capítulo cuarto, precisamente las reglas para la dejación de armas y de la delincuencia por parte de estos grupos. El proyecto atiende este llamado y esos condicionamientos que establece la Corte Constitucional en la sentencia que usted menciona.
Cambiando de tema, la semana pasada la Coordinadora Nacional se comprometió a entregar 13 toneladas de material de guerra para su destrucción. ¿Cómo se logró ese acuerdo y cuáles son las fases que se contemplan allí?
Como producto de los diálogos de paz, y justamente en la dirección de lo que en la mesa hemos llamado un proceso de desescalamiento integral del conflicto, hemos pactado dos grandes tipos de medidas. La posibilidad de desescalar la hegemonía de las economías ilícitas en esos territorios, es decir, el cultivo de la hoja de coca y el tráfico. El segundo aspecto del desescalamiento integral del conflicto en los territorios se relaciona precisamente con medidas como las que se acordaron el fin de semana pasado. ¿En qué consiste ese acuerdo? En la destrucción de cerca de 14 toneladas de material de guerra que ofrece la Coordinadora Nacional contribuir para llevar a cabo esa acción. Se han construido unos protocolos que cuentan con el acompañamiento de la comunidad internacional, especialmente de la MAPP/OEA, en forma similar a lo que ocurrió con Comuneros del Sur, y para el efecto ya tenemos en nuestro poder el inventario de ese material, que está siendo valorado por las autoridades militares respectivas. En el transcurso de esta semana se están identificando las áreas adecuadas para ubicar ese material y proceder a su destrucción, lo cual debe ocurrir en un término de entre 30 y 40 días a partir de la firma del acuerdo que se produjo el sábado pasado.
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¿Qué tipo de material entregarán?
El detalle de ese inventario lo conozco de manera general. Pero sabemos que hay, por ejemplo, granadas de distinto tipo, explosivos, minas que se utilizan y algún tipo de armas que se van a entregar para su destrucción. De tal manera que ese inventario, cuando esté consolidado, veremos la posibilidad de que sea conocido por la opinión pública porque, repito, ya en el transcurso de esta semana hay un delegado de la Oficina del Consejero Comisionado de Paz en terreno, tanto en Nariño como en Putumayo, identificando las áreas a las cuales las unidades de la Coordinadora Nacional llevarán ese material. Previamente debe establecerse si son áreas adecuadas para producir su destrucción, porque esto se hace también con material explosivo: tienen que cavarse unos huecos y hay que hacerlo minimizando el impacto medioambiental y, por supuesto el impacto sobre las comunidades que podrían habitar alrededor de las zonas que se van a utilizar para llevar a cabo la operación.
¿Cómo avanza el tema de la zona de ubicación temporal?
En el acuerdo que se hizo a finales del mes de mayo se estableció que, en lo posible, se haría coincidir las zonas de los programas piloto de sustitución con las zonas de ubicación temporal. Por eso, en el texto del acuerdo, a esas zonas se les denominará zonas de capacitación integral y de ubicación temporal. Con eso se quiere significar que se persigue un doble propósito: la transformación de las economías territoriales y la vinculación activa de los integrantes de la CNEB a esos procesos, en donde tendrá que haber el acompañamiento de la Agencia de Reincorporación Nacional, de otras entidades como el Sena y el Ministerio de Agricultura, para que los miembros de estas estructuras ilegales armadas que vayan a participar de estos procesos puedan hacer su actividad de reincorporación plena con capacitación, con apoyo y también para que, por otra parte, el Estado cumpla adecuadamente con los compromisos que se adquieren con las comunidades.
CAMILO A. CASTILLO
Redacción Política
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