Él Consejo Nacional Electoral (CNE) ordenó una investigación preliminar contra Álvaro Uribe Vélez. luego de recibir una solicitud para retirar su registro como candidato al Senado de la República para las elecciones de 2026. Aunque, debe quedar claro, no existe un registro oficial del expresidente en cargos electos para el próximo año.
La decisión fue aprobada por el juez Altus Alejandro Baquero Rueda, quien en sentencia del 8 de octubre concluyó que la petición ameritaba un análisis preliminar por la posible existencia la causa de incapacidad señalada en el párrafo 1. Artículo 179 del registro político, lo que confirma quiénes no pueden ser parlamentarios en Colombia.
Más concretamente, el apartado 1. El artículo 179 establece que “no podrán ser diputados quienes hayan sido condenados en cualquier momento por orden judicial a pena privativa de libertad, excluidos los delitos políticos o culposos”.
El expediente se originó tras una denuncia presentada por el ciudadano Inder Alonso Ramírez Pérez, quien considera que el registro de Uribe para postularse nuevamente al Senado puede ser irregular e inconstitucional.
El expresidente Álvaro Uribe está en el centro de un juicio penal por soborno de testigos y fraude procesal. La jueza Sandra Liliana Heredia lo condenó primero a 12 años de arresto domiciliario y Estamos a la espera de la segunda sentencia de la Corte Suprema de Bogotá, cuya lectura está prevista para el martes 21 de octubre.
El auto del CNE. Imagen:directorio privado
El juicio contra Álvaro Uribe se remonta a 2018, cuando la Corte Suprema abrió una investigación preliminar en su contra por presunto fraude de testigos. Según los documentos, el entonces senador había ordenado al abogado Diego Cadena contactar con testigos en centros penitenciarios que pudieran extraer declaraciones que lo vincularan con grupos militantes. Aunque el expresidente sostuvo su inocencia, el juez Heredia lo condenó en primera instancia y su defensa apeló alegando supuestas irregularidades en la valoración del testimonio.
Jueces penales contactados por este medio hace unos días declararon que cualquiera que sea el veredicto de la Corte Suprema de Bogotá -sea condenatorio o absuelto- el caso irá a la Corte Suprema con un recurso extraordinario de divisas. En el Tribunal Supremo recaería en la Sala de lo Penal, que tendrá cinco años para emitir veredicto.
La decisión del tribunal de segundo nivel será leída el martes 21 de octubre. Imagen:César Melgarejo/El Tiempo
¿Qué sigue en el proceso?
Como parte de la acción administrativa, el CNE otorgó al expresidente Uribe diez (10) días hábiles a partir del anuncio oficial para ejercer su derecho de defensa y contradicción.
El magistrado decidió entonces que se tomarán como prueba las pruebas aportadas por el denunciante en los documentos mencionados. Las partes involucradas, incluidos el Ministerio Público y la Procuraduría General de la República, ya han sido notificadas públicamente.
Asimismo, la CNE aclaró que contra esta decisión no procede recurso alguno, tal como lo establece el artículo 75 de la Ley de Procedimiento Administrativo y Materia Administrativa.
El auto del CNE. Imagen:directorio privado
VALERIA CASTRO VALENCIA
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