



Él tesorería presentó el documento comparativo al parlamento cambios que tendrá la reforma tributaria del gobierno antes de que se presente la próxima semana.
El texto actualizado indica qué artículos se mantienen, cuáles se modifican y cuáles se eliminancon el objetivo de asegurar recaudaciones estimadas de $16,3 mil millones para 2026 y más de $69,6 mil millones durante los próximos cuatro años.
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Una parte importante de las disposiciones permanece “sin cambios”, lo que significa que la estructura principal de financiación del presupuesto de 2026 continúa tal como fue concebida. Con esta decisión se contrarresta la intención del sector público de preservar las medidas que considera necesarias para afrontar los asuntos fiscales del país.
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Elementos que permanecen sin cambios
Los principales objetivos del proyecto, las normas del IVA sobre la suerte y la fortuna, las normas sobre la gestión de activos horizontales y la estructura del impuesto sobre las ventas de estacionamientos y bienes comunes continúan sin corrección. También se mantienen las provisiones sobre ingresos y propiedad, incluida la opción para que los no residentes paguen una tasa del 5% sobre los ingresos de los servicios digitales. Se mantienen sin cambios las normas sobre iglesias con actividades comerciales y la tarifa para particulares.
La carga sobre el sector financiero y el sistema de tarifas variables debido a las actividades extractivas vinculadas a los precios internacionales del petróleo y el carbón se mantiene sin cambios. Asimismo, las reglas de ganancias discrecionales continúan con una tasa del 30% para loterías, loterías y apuestas, junto con topes y puntos de referencia relacionados con la UVT para legados y ganancias discrecionales.
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Grandes cambios en el comercio exterior y los combustibles
Uno de los ajustes más importantes es en las importaciones debido al tráfico de correo y envíos expeditos. El gobierno decidió modificar literalmente el artículo 428 j) del Código Tributario, bajando el umbral de US$ 200 a US$ 50 y prohibiendo su uso con fines comerciales. Según el documento, “La Dirección de Impuestos (Dian) establecerá el control correspondiente y el control de investigación para garantizar el pago efectivo del compuesto cuando corresponda. Los beneficios especificados en esta carta no podrán utilizarse cuando se importe con fines comerciales”.
Del proyecto se retiraron tres artículos relacionados con el impuesto sobre el valor añadido de los combustibles, incluidas las disposiciones sobre la base de los distribuidores minoristas, los precios graduales de la gasolina y el ACPM a partir de 2026 y las normas sobre los productos preetiquetados. Por otro lado, se mantienen los sectores ambientales que apoyan el impuesto al carbono, con diferentes proporciones según el tipo de combustible y la asignación del 45 por ciento de la recaudación a programas ambientales estratégicos. La tasa cero también continúa para varios departamentos amazónicos y municipios del Chocó, excepto cuando hay explotación o desmonte.
Se mantiene un impuesto especial al procesamiento de hidrocarburos y carbón y es una tasa del 1% que se aplica a la “primera venta dentro o desde el territorio nacional” o a las exportaciones. La base imponible se calculará con base en el valor de venta o valor FOB, y quedarán sanciones para los contribuyentes que no cumplan con dichos términos.
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Incentivos a la energía limpia y permanencia de los beneficios
Los incentivos para proyectos con fuentes no tradicionales continúan sin cambios. Se mantendrán los bonos de canje de energía, que permiten deducir hasta el 50% de la inversión, al igual que la exención del IVA para bienes y servicios relacionados con tecnologías renovables y eficiencia energética. El proyecto no incluye opciones para híbridos, pero sí contempla una amplia lista de componentes para vehículos eléctricos, como baterías, motores, cargadores e inversores.
En la facturación electrónica se continuará con una deducción del 5% en 2026, del 3% en 2027 y del 1% a partir de 2028, siempre y cuando las compras no superen las 240 UVT y estén previamente verificadas. El requisito de identificar al adquirente sigue siendo un medio para fortalecer la formalización.
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Tratamiento fiscal y próximos pasos
También se mantiene el artículo que añade un párrafo al mecanismo sobre la ineficacia de las retenciones en origen, que da efectos jurídicos a las declaraciones realizadas sin pago desde que entró en vigor la ley. Para subsanar declaraciones anteriores afectadas por inactividad, el plazo máximo es el 31 de marzo de 2026, con penalización de hasta el 15% y sin intereses. Asimismo, existen explicaciones del sistema de sanciones en el artículo 701 del estatuto tributario sin cambios, pues las sanciones se aplican aunque no exista declaración.
Durante una jornada en Casas de Santa Bárbara, el ministro Germán Ávila Plazas apuntó al retiro de medidas en materia de combustibles y el mantenimiento de ingresos progresivos. El ministerio señaló que el encuentro fue “un espacio clave para impulsar un proceso de adaptación coordinado y responsable. Con la presencia del director general de (e) Dian, Carlos Betancourt, el gobierno reiteró que los cambios deben responder a la sostenibilidad fiscal”.
Actualmente el Ministerio de Hacienda prepara el registro oficial del proyecto, aunque falta un documento de presentación presentado por la representante Katherine Miranda. Además, un grupo de 12 parlamentarios se organizaría para contribuir al fracaso de la iniciativa.
Este contenido fue reescrito con la ayuda de inteligencia artificial, basándose en información del portafolio.

