En las últimas horas, un juez de Bogotá dio su respuesta al guardián que la diputada del Senado María José Pizarro presentó sobre la votación, que negó la consulta popular el 14 de mayo. Considerando esto, La reacción del presidente del Senado, Efrain Cepeda, a los jueces y También solucionó la respuesta que dio en ese momento el diputado del Senado.
El 6 de junio de 2025, el juez emitió un fallo solicitando: “Copiar el derecho fundamental a una carrera justificada como diputada del Senado Maria José Pizarro es el titular y, en consecuencia, 2025, relacionado con el cierre de votos o no consultas populares”.
Parlamentarios del Senado Maria José Pizarro Foto:La prensa del Senado
En respuesta, Cepeda envenenó tres puntos. Primero, señaló que “para esta oficina, el hecho de que la demanda de tutela, donde los resultados de la apelación, no estuvieron sujeta a tutela ni en esta sede de los tribunales donde se puede resolver sobre la importancia de la apelación”.
Como segundo elemento, Señaló que la apelación del diputado del Senado, que se realizó el 14 de mayo, fue respondida a los 21 años en ese mes, Incluyendo el escenario de madera que indica que “no hubo atracción en el voto de la consulta popular que tuvo lugar el 14 de mayo de 2025, no se puede repetir legalmente”.
Como tercer punto, indicó que “se cree que está abrumado por responder a la apelación de la diputada del Senado Maria José Pizarro, antes de ser notificado de este fallo”.
¿Cuál fue la reacción de Cepeda a la apelación?
En el documento adjunto, Cepeda representa varios puntos de vista anteriores, uno de los principales es La apelación se consideró “productiva, Dado que no está de acuerdo con el marco legal actual, establecido en la Ley 5 de 1992 “.
También asegura que esto no esté claro sobre las medidas destinadas a apelar y, además, “el MP del Senado de la República es la toma de decisión máxima, por lo que no tiene una superioridad que pueda apelarse a su propia decisión. “
Entonces cosas, Consideraron la apelación “no autorizada”. Del mismo modo, señala que “la regulación del parlamento no organiza el período de votación mínimo”, sino que “será el presidente de la compañía o la comisión quien determina el tiempo entre el comienzo de la votación y el anuncio de su resultado sin exceder los treinta (30) minutos para cada voto”.
Ephraín Cepeda, Presidente de la Asamblea Foto:La prensa del Senado
También enfatiza que “No es posible declarar la invalidación o repetir qué opción“Creado por el diputado del Senado”. Cada vez que la decisión tomada son cuestiones legislativas, como se indica en la sentencia C-277/2007 ”, explica en el documento.
Como presidente del Senado, Cepeda señala que “no hay hecho o una base legal que le permita concluir o confirmar que en algún momento, mis acciones como presidente del Senado de la República de la República del Senado han influido en los derechos fundamentales de los ciudadanos”.
Último punto señala que “No es apropiado En esta apelación, el MP del Senado solicita certificados y otras solicitudes especiales, sobre las acciones del Secretario -General “, y agrega que” se les pide a los parlamentarios del Senado que tengan solicitudes específicas presentadas como una solicitud formal, para una autoridad formal. “
El documento termina que “No se anunció ningún sorteo en la votación de la consulta popular que tuvo lugar el 14 de mayo de 2025, la misma Legalmente no se puede repetirNo puede pasar por alto los derechos que los parlamentarios del Senado tienen para que sus votos se reflejen en la cumplimiento de su obligación constitucional. “
Elim J Alonso
Enrutamiento