
La gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, anunció que presentó una denuncia por desacato contra el asambleísta Jonhy Acosta, al considerar que no había Cumplió con la sentencia del Tribunal Constitucional, que le ordenó tomar una serie de acciones, entre ellas retirar algunas de las publicaciones en redes sociales dirigidas contra el presidente.
En tanto, el parlamentario aseguró que este fallo “protege el derecho de oposición política y ejerce control” y excluye la presencia de violencia de género en sus discursos.
El gobernador presentó ante un juez una denuncia por desacato contra el congresista Jonhy Acosta. Foto:Específico
Decisión del Tribunal Constitucional
El Presidente, a través de su abogada, Gloria Stella Ortiz Delgado, presentó una solicitud formal ante el Juez 6° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad para que inicie un incidente de desacato contra la Viceministra Acosta por su persistente incumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional emitida el pasado viernes 19 de diciembre.
La sentencia de la Corte precisa, en primer lugar, “la protección de los derechos fundamentales al buen nombre y honor de Dilian Francisco Toro, únicamente en el ámbito de la información que apareció sobre ella en los perfiles de Jonhy Fernando Acosta el 22 de julio de 2024, en TikTok e Instagram, y el 14 de agosto de 2024 en su cuenta X”.
La segunda parte del fallo establece que el diputado de Jonha, Fernando Acosta, deberá corregir la información publicada sobre el gobernador Toro Torres en un plazo de 48 horas, sujeto a una serie de condiciones.
Estos incluyeron publicar un mensaje en sus perfiles de TikTok e Instagram corrigiendo la información sobre el voivoda publicada el 22 de julio de 2024.
La decisión también prevé el derecho de oposición. Foto:iStock
“En particular, debe hacer referencia a la publicación de esta fecha (examinada en esta sentencia) y precisar que si bien la gobernadora Dilian Francisca Toro estaba siendo investigada por vínculos con el paramilitarismo, en relación con estos hechos, la Sala de Casación de la Corte Suprema cerró la investigación en 2018. Asimismo, estaba investigada por lavado de activos, pero la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema sobreseyó la investigación el 11 de julio de 2018, porque no se demostró su conocimiento del hecho investigado”, se argumentó en el fallo.
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Y precisó: “Las publicaciones creadas de acuerdo con esta orden deberán permanecer en los perfiles del diputado al menos hasta alcanzar las 40.000 visualizaciones, y después de esta cifra deberán permanecer en estos perfiles hasta la publicación de la publicación del 22 de julio de 2024”.
También determinó que el asambleísta deberá publicar información sobre el retiro de la publicación a partir del 14 de agosto de 2024, que colocó en su perfil X.
“Este mensaje debe ser difundido en el mismo medio y expresar que al 14 de agosto de 2024 el diputado Acosta no contaba con información ni sustento alguno que diera certeza y validez a su afirmación sobre la presunta participación del gobernador Dilian Francisco Toro en las amenazas que recibió a través de las redes sociales. Por lo tanto, debe explicar que no tiene ninguna información que sugiera que el voivoda haya participado directa o indirectamente en estas amenazas.”, emitió el fallo.
El diputado deberá corregir algunas publicaciones en sus redes sociales. Foto:iStock
Y precisó: “Esta publicación, para lograr una difusión similar a la que fue objeto de la polémica, debe permanecer en la red social”.
“No tuvo ningún impacto en los derechos del demandante”.
Cabe mencionar que el fallo de la Corte Constitucional se refirió a dos demandas de tutela interpuestas por el presidente del Valle del Cauca. El primero fue para el congresista Duvalier Sánchez y el representante Acosta Villota por “violar sus derechos fundamentales al buen nombre, honor, imagen y a una vida libre de violencia, los cuales habrían sido vulnerados como consecuencia de las publicaciones del señor Acosta entre el 14 de julio de 2023 y el 11 de septiembre de 2024 y del señor Sánchez entre el 26 de septiembre de 2023 y el 14 de agosto de 2024”.
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“Ambos demandados argumentaron que las publicaciones no violaron los derechos del demandante porque formaban parte del control político de la oposición sobre la administración del departamento del Valle del Cauca. En ambas decisiones de los tribunales inferiores se denegó la protección solicitada por la falta de afectación de los derechos fundamentales de la demandante, quien ocupa un cargo público que seguramente suscitará críticas y oposición.” – afirmó en el fallo.
“Dilian Francisca intentó silenciar mi participación en la oposición con la libertad condicional. Quería obligarme a retirar más de 130 publicaciones y pedir disculpas públicas. El tribunal protegió mi derecho al control político como líder de la oposición y negó la existencia de violencia de género, dejando claro que nunca la había utilizado”, dijo la diputada en un comunicado.
Sobre este tema, el representante del presidente vallecaucano aseguró que de la sentencia se desprende claramente que la oposición política está constitucionalmente protegida, pero “no está protegida en caso de transmitir información falsa, engañosa o contraria a la realidad”.
“Lamentablemente el congresista Acosta Villota continúa informando a sus seguidores en las redes sociales de manera errónea y contrario a la realidad, lejos de cumplir con el fallo, continúa revictimizando al demandante, a pesar de la sentencia de la Corte Constitucional en su contra, que protege los derechos de la señora Toro Torres”, dijo Ortiz Delgado.
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