Muchos ciudadanos asocian la participación en encuestas de opinión con beneficios medio día libre laboral. Sin embargo, el Registro Nacional de la Ciudadanía aclaró que esta norma no aplica para quienes votan en una consulta interna Convención de historia el domingo 26 de octubre.
Mapa de consulta sobre el tratado de historia. Imagen:Registro Nacional
El beneficio de medio día sabático está previsto por ley como incentivo para participar, pero está directamente relacionado con la recepción del “certificado de elector”, el pequeño recibo en papel que se entrega al ciudadano después de votar.
¿Por qué esta vez es diferente?
La oficina explicó la diferencia pedagógica: La consulta del domingo es el sistema interno de un partido político. Aunque la oficina de registro apoya la logística (mesas, jurados, boletas), esta no es una elección nacional normal, como una elección presidencial o legislativa.
Precandidatos del tratado de historia Iván Cepeda y Carolina Corcho Imagen:Archivo
Debido a esta naturaleza de “consulta interna”, la Comisión Electoral no emitirá certificados electorales a los votantes. En ausencia de este certificado, el beneficio de descanso del trabajo no está activo.
¿Quién descansará?
El Instituto Electoral señaló fuertemente que los únicos que reciben un día completo de compensación son los jueces que pueden votar.
Es importante entender que este beneficio no se les otorga por votar, sino como recompensa por prestar sus servicios obligatorios a lo largo del día. La ley mejora la antigüedad de los designados para operar cargos electorales.
Miembros del Pacto Histórico. Imagen:red social
En definitiva: los ciudadanos podrán participar libremente en la consulta, pero no recibirán certificado ni medio día libre. Los jueces, por su parte, tienen que cumplir con su deber y a cambio reciben un día libre completo.
Este contenido fue creado con apoyo de inteligencia artificial y revisado por un periodista.
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Ella es Carolina Corcho. Imagen:

