El Comisión Reguladora de Comunicaciones (CRC), Por primera vez no autorizó el discurso del presidente Gustavo Petro. Esto sucede cinco días después de que se establezcan las condiciones que debe seguir la presidencia para el uso de televisoras públicas y privadas, de acuerdo con el decreto del Consejo de Estado.
Desde la Casa de Nariño enviaron una solicitud a la CRC a las 4:54 de la tarde del miércoles para que el presidente hablara en el mejor momento sobre narcotráfico y descertificación.
Consejo de Ministros Imagen:Consejo de Ministros
“De conformidad con la sentencia del Consejo de Estado del 16 de septiembre de 2025, el Congreso Audiovisual de la CRC realizó el análisis correspondiente, descrito en la citada circular, con el propósito de verificar el cumplimiento de las condiciones personales de intervención del Presidente, urgencia, casos excepcionales y requisitos de demarcación temática y temporal, así como este tipo de requisitos estatales de la CRC.
Luego de esto, la CRC procedió a la legalización y confirmó que el discurso número 25 del jefe de Estado cumplía las condiciones de carácter personal de la intervención presidencial, repetición y limitaciones temporales, pero no era consistente con los demás, por lo que no fue permitido por las siguientes razones: “No cumple los criterios de urgencia, uso inusual o limitación temática, cuando circunstancias graves no son obvias. abrumador o ineludible que justifique la interrupción de la programación de los canales de televisión abierta del país.”
Y agregaron: “La CDN afirma que esta decisión no limita la libertad de expresión del Presidente de la República ni su facultad de dirigirse al país, sino responder a un mandato judicial que dicta la aplicación de criterios objetivos para garantizar el uso justo, proporcionado y excepcional del servicio público de televisión. En este sentido, la solicitud podrá ser modificada según los criterios establecidos y devuelta para su verificación.”
representantes de la CDN. Imagen:Néstor Gómez – EL TIEMPO
Declaración del presidente Gustavo Petro
Anoche, tras conocer esta decisión, el presidente Gustavo Petro se pronunció y rechazó la negativa de la CRC.
“Él El presidente de la República de Colombia ha sido criticado. en su propio país. Invito a todos los abogados nacionales e internacionales que quieran sumarse a romper la censura en Colombia”, dijo.
De igual forma, invitó a la gente a continuar esta noche con sus intervenciones a través de los canales oficiales.
“Este es un intento de la mafia por recuperar el poder. Tienen miedo del avance del poder electoral y popular en el país. Invito a todos los televidentes de Colombia a escuchar lo que iba a decir, y era mi derecho, en RTVC a las 19:00 horas. Si el presidente no puede hablar por televisión, que lo haga desde la plaza pública”.
Esta fue la respuesta del presidente Gustavo Petro. Imagen:X: @Petrogustavo
¿Qué se considera un caso “urgente”?
Para evitar interpretaciones amplias, la CDN definió claramente la naturaleza de lo que se refiere a “urgente”. Según el documento, la expresión sólo estará justificada en “circunstancias graves, repentinas e inoportunas”. Esto incluye desastres naturales, desastres públicos, perturbaciones graves del orden público u otros eventos incontrolables que requieran un mensaje inmediato del Presidente a la nación.
La solicitud presentada por la Presidencia a la CDN Debe describir el tema específico a discutir, evitar descripciones generales.. En base a esta información, el regulador podrá autorizar o no el envío.
La nueva normativa también establece límites para evitar el uso repetido de este sistema. Se entiende que no se pueden pronunciar varios discursos en la misma semana y que la duración de cada discurso debe ser “urgentemente necesaria y proporcionada”. al propósito del mensaje. Además, la intervención debe ser realizada personalmente por el Presidente de la República y estar directamente relacionada con sus funciones.
MARÍA ALEJANDRA GONZÁLEZ DUARTE
Escritura política